En un fallo reciente, tres jueces del Tribunal de Apelaciones para el Noveno Circuito han determinado que los derechos Miranda no se aplican a los inmigrantes indocumentados detenidos por agentes de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) bajo órdenes civiles, no criminales. Esta decisión se basa en el argumento de que el ingreso o permanencia indocumentada en Estados Unidos constituye una falta de carácter civil, no criminal.
El caso se centró en la demanda de José María Zúñiga de la Cruz, quien alegaba que, al tratarse de un proceso administrativo, le eran aplicables las Reglas Miranda, incluido el derecho a guardar silencio para evitar autoinculparse. Sin embargo, la mayoría del panel de la Corte de Apelaciones del 9º Circuito rechazó este argumento, sentando así un precedente sobre la aplicación de los derechos Miranda en casos de inmigración.
¿Qué son los derechos Miranda?
Los derechos Miranda son las normativas que los oficiales de policía en Estados Unidos deben seguir al arrestar a alguien por un delito criminal. Este conjunto de normas informa a los acusados sobre sus derechos constitucionales y obligaciones y debe ser comunicado en el idioma nativo del individuo detenido.